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2023-03-31 05:12
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Índice del artículo

Tema: ITC-BT-02 Normas de referencia.

P

Mi empresa se dedica entre otras cosas a la fabricación de mandos a distancia para garajes.
Muchos de nuestros clientes no exigen que nuestros productos lleven las siglas CE.
Estoy intentando saber los requisitos necesarios para poder homologar dichos productos.
He empezado por conseguir el numero de normativa que es el UNE EN 60669-2-2 y he visto en vuestra pagina web que el titulo es:
Interruptores para instalaciones eléctricas fijas, domésticas y análogas. Parte 2: Prescripciones particulares. Sección 1: Interruptores electrónicos.

Lo que no encuentro y precisamente les solicito es el texto correspondiente a ese titulo.

Es por ese motivo que les solicito me digan en que dirección está el texto o que me lo envíen ustedes. Igualmente agradecería información de los pasos a seguir para dichas homologaciones.

R

1.- En el ámbito del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión vigente, las normas que se citan no son obligatorias en ningún caso, sino que otorgan "presunción de conformidad". Como indica el artículo 23 - y en las condiciones que allí se exponen-, se puede cumplir con las prescripciones reglamentarias por otros medios que no sean los estrictamente contenidos en las ITCs y las normas que se referencian.

2.- Para cumplir con las normas sobre productos eléctricos, según lo estipulado en la Directiva 73/23/CEE (modificada por la 93/68/CEE), únicamente es necesario que el fabricante siga un procedimiento interno de certificación, sin que un tercero deba intervenir en el procedimiento.

En consecuencia, no existe ninguna regla que establezca la homologación.

3.- El texto de las normas es privativo de las Entidades de Normalización. Por lo tanto, para obtener el de la Norma UNE-EN 60669-2-2 es preciso dirigirse a AENOR - Asociación Española de Normalización y Certificación. Tfno. de centralita: 91 4326000.

P

Mi empresa se dedica entre otras cosas a la fabricación de mandos a distancia para garajes.
Muchos de nuestros clientes no exigen que nuestros productos lleven las siglas CE.

Estoy intentando saber los requisitos necesarios para poder homologar dichos productos.
He empezado por conseguir el numero de normativa que es el UNE EN 60669-2-2 y he visto en vuestra pagina web que el titulo es:

Interruptores para instalaciones eléctricas fijas, domésticas y análogas. Parte 2: Prescripciones particulares. Sección 1: Interruptores electrónicos.

Lo que no encuentro y precisamente les solicito es el texto correspondiente a ese titulo.

Es por ese motivo que les solicito me digan en que dirección está el texto o que me lo envíen ustedes. Igualmente agradecería información de los pasos a seguir para dichas homologaciones.

R

1.- En el ámbito del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión vigente, las normas que se citan no son obligatorias en ningún caso, sino que otorgan "presunción de conformidad". Como indica el artículo 23 - y en las condiciones que allí se exponen-, se puede cumplir con las prescripciones reglamentarias por otros medios que no sean los estrictamente contenidos en las ITCs y las normas que se referencian.

2.- Para cumplir con las normas sobre productos eléctricos, según lo estipulado en la Directiva 73/23/CEE (modificada por la 93/68/CEE), únicamente es necesario que el fabricante siga un procedimiento interno de certificación, sin que un tercero deba intervenir en el procedimiento.

En consecuencia, no existe ninguna regla que establezca la homologación.

3.- El texto de las normas es privativo de las Entidades de Normalización. Por lo tanto, para obtener el de la Norma UNE-EN 60669-2-2 es preciso dirigirse a AENOR - Asociación Española de Normalización y Certificación. Tfno. de centralita: 91 4326000.

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